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Curso de sueldos para Propiedad Horizontal

Curso/taller de Liquidación de Sueldos General


SIJyP Versión 23 Release 0

Una sorpresiva nueva versión

Sin que nadie la estuviera esperando, una nueva versión del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones está disponible para ser "bajada" del sitio web de la AFIP Entre otras cosas, contempla la posibilidad de imprimir un "volante de pago" con código de barras relacionado con el Formulario 931 para aquellos casos donde el pago efectivo se realice posteriormente a la presentación de la obligación y así evitar generar un nuevo disquete.

Desde el lunes 18 de octubre está disponible en el sitio web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), www.afip.gov.ar, la nueva Versión 23. Release 0 del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJyP) con el que mensualmente se confeccionan las declaraciones juradas para abonar aportes, contribuciones y Ley de Riesgos del Trabajo, más conocido como el Formulario 931 (F.931). Para su correcta instalación es necesario tener previamente el Sistema Integrado de Aplicaciones (S.I.Ap.) versión 3.1 release 2.

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS.
RESOLUCIÓN GENERAL Nº 1750/04.

Parte pertinente.

Artículo 2° - Los empleadores para determinar nominativamente e ingresar los aportes y contribuciones con destino a los distintos subsistemas de la seguridad social -conforme al procedimiento dispuesto por la Resolución General N° 3834 (DGI), texto sustituido por la Resolución General Nº 712, sus modificatorias y complementarias-, deberán utilizar exclusivamente el programa aplicativo denominado "Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones - Versión 23", como único autorizado.

Artículo 3° - El programa aplicativo indicado en el artículo precedente, se encuentra disponible en la página "Web" de esta Administración Federal (http://www.afip.gov.ar). A tal fin, se deberá acceder a la mencionada página "Web", seleccionar el submenú "Descarga de Programas" y luego el hipervínculo "Seguridad Social".

Asimismo, su funcionamiento requiere tener preinstalado el sistema denominado "S.I.Ap. - Sistema Integrado de Aplicaciones - Versión 3.1 Release 2", el cual también se encuentra disponible en la citada página "Web".

Artículo 10 - Las disposiciones de esta resolución general serán de aplicación para las declaraciones juradas que se presenten a partir del tercer día hábil administrativo inmediato siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

La generación de la declaración jurada y el respectivo disquete, del período devengado octubre de 2004 y siguientes, así como las correspondientes a períodos anteriores (originarias o rectificativas) deberán efectuarse mediante la utilización del programa aplicativo que por la presente se aprueba.

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Atención: Ediciones PropHor - Director: Contador Público Norberto Wilinski - E-mail: prophor@infovia.com.ar - Teléfono: 4857-1870

Desde el punto de vista del sector de la propiedad horizontal, la novedad más importante que brindará esta nueva versión del aplicativo es la posibilidad de imprimir un "Volante de pago" para aquellos casos donde primero se presenta la declaración jurada y luego se hace el pago, ya sea en forma total o parcial. Con esta nuevo sistema no será necesario generar un nuevo disquete para efectivizar el pago.

Una nota importante que se destaca en el Manual del Aplicativo dice: 

"A partir de la vigencia de la presente versión del programa aplicativo, la AFIP, a pedido de ANSES, implementará los controles de los empleadores que compensen indebidamente asignaciones familiares por haber sido incorporados al Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF). 

A tal fin se intimará la rectificación de la presentación e ingreso de las contribuciones omitidas con más sus intereses y multas.

Se recuerda que para rectificar una declaración jurada en la cual se hubieran compensado indebidamente asignaciones familiares, se deberá registrar la marca No compensa AAFF e indicar el período de inicio de la nueva situación en las ventanas Empresas y Datos de la Declaración Jurada."

Otras novedades son la incorporación de nuevas localidades en la correspondiente tabla, la identificación en las nóminas de las compañías de seguros de retiro de los trabajadores siniestrados titulares de las rentas de retiro contratadas, originadas en accidentes laborales, que hayan devenido en incapacidades permanentes parciales definitivas (ILPPD) en la Tabla de Incapacidades, identificación en la nómina de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo de los trabajadores siniestrados pertenecientes a empresas insolventes, cuya cobertura se encuentra a cargo del Fondo de Garantía, y en la Tabla de Actividad se prevé que las entidades gremiales identifiquen a los trabajadores en uso de licencia gremial a fin de evitarles perjuicios de índole previsional.

También se permite identificar a los nuevos contratos de trabajo previsto en la Ley N° 25.877 y reglamentada por el Decreto N° 817/04 que otorga disminuciones en contribuciones patronales. En la Tabla de Contratación se incorporó la opción de indicar los nuevos contratos según esta ley y su decreto, contempla también a los celebrados anteriormente (Ley 25.250) y la posibilidad de identificar a los "changadores solidarios" (CCT N° 62/75 art. 8°).

Si bien hubo una época donde casi mensualmente se cambiaba de aplicativo, la última versión 22 Release 0 estuvo vigente desde noviembre de 2003, o sea que exactamente estuvo un año  vigente, ya que la Versión 23.0 deberá empezarse a utilizar y el mes de noviembre nos encontrará a todos con la nueva versión instalada.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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