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Deudas de Monotributistas y Autónomos

Se acaba el tiempo

El Sistema de Regularización de Deudas implementado por la AFIP todavía permite presentar los planes para regularizar las obligaciones de autónomos y monotributistas El beneficio de la moratoria vigente no reduce el capital de la deuda pero disminuye significativamente sus intereses y condona las sanciones administrativas Si se presentan hasta el 26 de julio inclusive, la primera cuota o el pago al contado vencerá el 23 de agosto del corriente y el descuento en los intereses puede llegar al 50%.

La Ley Nº 25.865 y la Resolución General AFIP 1624 establecieron un sistema, actualmente vigente, para que autónomos y monotributistas puedan regularizar su situación de aportes y cuotas respectivamente. Lo atractivo de esta propuesta está en la reducción de hasta el 50% de los intereses correspondientes y aún más si el contribuyente presenta el plan de regularización antes del 26 de julio.

Es de tener en cuenta que en esta moratoria no está previsto una quita en el capital de los adeudado y su beneficio se remite exclusivamente a los intereses y a la condonación de las sanciones administrativas. Como es natural, con respecto a los intereses que aplica el plan impulsado por la AFIP, se informa que serán más bajos si se elige pagar un número menor de cuotas que el máximo propuesto y que en caso de optar por el pago al contado la quita será aún mayor.

En el sitio oficial de la AFIP (www.afip.gov.ar) se pueden encontrar algunos ejemplos con valores de deudas contraídas por contribuyentes autónomos o monotributistas. Uno de ellos plantea el caso de un contribuyente que debe 2 años y medio (30 meses) de cuotas de monotributo (componente impositivo y previsional) adeudando un monto total que asciende a $6.867,26 incluídos los intereses. Si este contribuyente (a partir de la sanción de la Ley 25.865) decidiera ingresar a la moratoria  y si optara por pagar al contado para regularizar su situación, tendría que abonar $2.885,30. Si eligiera el plan de 30 cuotas debería abonar $112,97 por mes y el monto final abonado ascendería a $3.389,10. Si el plan elegido para pagar es de 60 cuotas, el total adeudado se cancelará con $65,77 por mes durante cinco años y en este caso lo pagado se elevará a $3.946,20.

Bajo el lema "AFIP le da una mano" los interesados pueden optar entre distintas opciones para realizar los trámites e incluirse en la moratoria. Lo puede hacer presentando su plan no sólo a través del aplicativo SICAM (Sistema de Información para Contribuyentes Autónomos y Monotributistas) sino también con uno nuevo llamado "Régimen de Regularización Autónomos y Monotributistas - Versión 1.0".

Si lo hacen hasta el 26 de este mes (julio/04) la primera cuota o el pago total de contado vencerá el 23 de agosto del 2004 y el resto de las cuotas vencerán los días 22 de cada mes. Es importante destacar que si la presentación del plan se realiza después del 26 de julio, la deuda se consolida al primer día del mismo mes en que se hace la presentación y la primera cuota vencerá el 22 del mes siguiente pero los intereses no serán tan atractivos aunque se mantiene la reducción de hasta la mitad de los mismos.

Para mayor información se pueden realizar consultas al teléfono gratuito 0810-999-2347 o dirigirse a las distintas Agencias de la AFIP en la Ciudad de Buenos Aires o en la Provincia de las cuales se brinda un detalle.

Capital Federal:

Agencias DGI

Dirección

Agencia 1

Av. Cabildo 999

Agencia 2

Av. De los Constituyentes 5833

Agencia 3

Salta 1451

Agencia 4

Av. Rivadavia 10910

Agencia 6

L. M. Campos 112

Agencia 7

Baldomero F. Moreno 12

Agencia 8

H. Yrigoyen 2251

Agencia 9

Av. Rivadavia 1355

Agencia 10

H. Yrigoyen 22

Agencia 11

Carlos Pellegrini 685

Agencia 41

Av. De los Constituyentes 5833

Agencia 43

Av. Rivadavia 2499

Agencia 47

Alvarez Jonte 2376

Agencia 49

Tte. J. D. Gral. Perón 1378

Agencia 50

H. Yrigoyen 2251

Agencia 51

Tte. J. D. Gral. Perón 867

Agencia 68

Av. Rivadavia 1302

Gran Buenos Aires

Agencia

Dirección

Localidad

Agencia 12 (Sur)

Av. Pte. Bartolomé Mitre 607

Avellaneda

Agencia 13 (Sur)

Laprida 635

Lomas de Zamora

Agencia 63 (Sur)

Av. Hipólito Irigoyen 13160

Adrogué - Almirante Brown

Agencia 100 (Sur)

Av. Las Heras 112

Bernal - Quilmes

Agencia 16 (Norte)

Godoy Cruz 2066

Boulogne - San Isidro

Agencia 66 (Norte)

Av. Cazón 201

Tigre

Agencia 14 (Oeste)

Nuestra Señora del Buen Viaje 751

Morón

Agencia 15 (Oeste)

Yapeyú 2079

San Martín

Agencia 54 (Oeste)

Entre Ríos 2988

San Justo - La Matanza

Agencia 64 (Oeste)

Pte. Arturo Illía 3988

Los Polvorines - San Miguel

Se puede obtener más información sobre el tema tratado en el sitio de Internet www.afip.gov.ar donde la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) brinda información útil sobre los requisitos, beneficios y características para tramitar la regularización de las deudas. Según el sitio oficial, las ventajas no sólo se limitan a la regularización previsional e impositiva, sino que también se podrá contar con cobertura de salud, tener acceso a créditos y computar los períodos regularizados con vistas a su futura jubilación entre otros beneficiosEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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