[BPN-6/9/05]
En la Sesión Especial del pasado jueves 1º de septiembre los legisladores
porteños sancionaron la Ley de Comunas que dividirá a la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires en 15 unidades administrativas independientes. A
partir de 2007, cuando empiece a regir esta ley, cada una de estas comunas
podrá estar dirigida por juntas vecinales de siete miembros y tendrá
presupuesto propio para realizar obras y mantenimiento.
Al comenzar la
sesión, el vicepresidente primero de la Legislatura Porteña, Santiago
de Estrada (Juntos por Buenos Aires), destacó que confiaba en
que esta tarde se sancione la ley que según lo establecido en la
Constitución de la Ciudad debió ser aprobada en octubre de 2001.
Finalmente, después de cuatro años de demora, en esa jornada, los
miembros de los distintos bloques consensuaron y votaron los últimos dos
artículos que faltaban para sancionar la ley: el mapa con la cantidad de
comunas y la fecha de elección de sus autoridades.
El primero de
los puntos se definió respetando, a grandes rasgos, una división propuesta
por organizaciones vecinales. De esta forma la ciudad porteña quedó
dividida en 15 comunas que integran entre uno y seis barrios. Por el
momento cada unidad administrativa no tiene nombre y solo se la identifica
con un número pero con el transcurso del tiempo los vecinos podrán
elegirle su propio nombre.
Respecto al
segundo artículo, que fue más difícil de acordar por las diferencias
existentes entre los diferentes bloques, se decidió que sean los vecinos
de cada unidad comunal los que designen a sus propias autoridades y por 42
votos a 12, los legisladores aprobaron que las autoridades asuman recién
después del 31 de diciembre del año que viene, es decir, cuando se
complete la formación de los nuevos padrones electorales, la asignación
del personal y algunos otros puntos relevantes para la transición. Si
bien quedaron las puertas abiertas para que su elección se realice antes
y asuman luego de la fecha instituida, parte del cuerpo legislativo
coinciden en considerar improbable elecciones antes de 2007.
Asimismo, las
autoridades serán elegidas cada cuatro años y gobernarán junto a un
consejo de siete miembros, que cobrarán cada uno aproximadamente 3.500
pesos de sueldo mensual. Este consejo estará formado por una mayoría y
dos minorías. Para el manejo del presupuesto comunal cada una de las
unidades administrativas deberá hacer un anteproyecto de presupuesto.
Luego, un consejo intercomunal, que estará formado por los presidentes de
cada comuna, discutirá el monto común a repartir. En los primeros dos
años este monto no podrá ser mayor al 5% del total de recursos de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
La Ley de
Comunas que debió ser aprobada, según lo establecido en la Constitución
de la Ciudad, en octubre de 2001 reemplazará a los actuales Centros
de Gestión y Participación (CGP's) que no cuentan con la
autonomía que sí tendrán estas nuevas 15 unidades. Las comunas tendrán
competencias compartidas con el Ejecutivo Porteño, por ejemplo en el
control de los servicios públicos y en conjunto con el Gobierno Central
de esta ciudad, ejercerán el poder de policía sobre los comercios e
industrias de su zona.
A su cargo
estará la tarea del mantenimiento de plazas, calles, será una espacio
en el que los vecinos podrán realizar trámites, reclamos y deberán
buscar generar políticas culturales y sociales para el barrio.
Distribución
de las comunas:
Comuna 1:
Liniers, Mataderos y Parque Avellaneda (155.967 habitantes)
Comuna 2:
Villa Real, Versalles, Monte Castro, Villa Luro, Vélez Sarsfield y
Floresta (163.209 habitantes).
Comuna 3:
Nueva Pompeya, Parque Patricios, Barracas y La Boca (215.046 habitantes).
Comuna 4:
Flores y Parque Chacabuco (197.333 habitantes).
Comuna 5:
Caballito (170.309 habitantes).
Comuna 6:
Retiro, San Nicolás, Puerto Madero, Monserrat, San Telmo y Constitución
(171.975 habitantes).
Comuna 7:
Almagro y Boedo (173.769 habitantes).
Comuna 8:
Villa Devoto, Villa del Parque, Villa Santa Rita y Villa Mitre (189.666
habitantes).
Comuna 9:
Agronomía, Paternal, Villa Crespo, Chacarita, Villa Ortúzar (182.627
habitantes).
Comuna 10:
Villa Pueyrredón, Villa Urquiza, Coghlan y Saavedra (191.122 habitantes).
Comuna 11:
Colegiales, Belgrano y Núñez (228.226 habitantes).
Comuna 12:
Palermo (225.245 habitantes).
Comuna 13:
Villa Lugano y Villa Soldati (161.642 habitantes).
Comuna 14:
Recoleta (165.494 habitantes).
Comuna 15:
Balvanera y San Cristóbal (184.015 habitantes).
La comuna que
tiene más habitantes: la 11 con 228.226 vecinos
La comuna que
tiene menos habitantes: La 1 con 155.967 vecinos
Total de
habitantes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires 2.775.645
