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Consumidores
Los
consumidores también tienen su día
Cada
15 de marzo se festeja el día mundial de los derechos del consumidor pues ese
día, pero del año 1962, se reconoció por primera vez la existencia del
consumidor
El
15 de marzo de 1962 el presidente Kennedy habló al Congreso de los EEUU
expresando su reconocimiento al pueblo americano y resaltando que todos ellos
eran consumidores y que en su mayor parte tenían que ver con el manejo de la
economía. También les decía, por aquel entonces, que estaban sometidos a
decisiones públicas y privadas pero que, al mismo tiempo, casi nunca eran
escuchados.
Palabras
más, palabras menos, esa fue la idea. En una entrevista exclusiva con Pequeñas
Noticias el Dr. José Luis Laquidara, coordinador de los Tribunales Arbitrales
de Consumo de la Nación, expresó que: “Un
poco fue esa la premisa de que somos una gran masa de gente que, en
definitiva, estamos sometidos a todos los avatares políticos y económicos
que nunca tenemos la oportunidad de expedirnos u opinar. Esa fue la base, la
semilla para que luego, en el año 85, las Naciones Unidas y sus directrices
reconocieran los derechos de los consumidores y a su vez fijaran ese día como
la celebración anual de los derechos de los consumidores de todo el mundo”.
El
coordinador de los Tribunales Arbitrales de Consumo del Sistema Nacional de
Arbitraje de Consumo de la Secretaría de la Competencia, la Desregulación y
la Defensa del Consumidor del Ministerio de Economía profundizó que: “estamos
por cumplir 10 años de que la Ley de defensa del consumidor está vigente en
nuestro país y que tenemos una Constitución desde el año 94 que contempla
los derechos como consumidor. Y aclaro que “ no tiene distinción de
actividades, ya sea que preste un servicio o provea de determinados elementos
en un mercado determinado. Porque el resto del día consume, como cualquiera,
entonces sería interesante poder refrescar a la gente, a la comunidad, la
existencia de estos derechos como para que los ejerzamos en su mayor
plenitud.”
El Dr. Laquidara observo la relación de consumo, muchas veces
conflictiva, que existe entre los consorcios y los administradores diciendo
que “La
actividad particularmente de los consorcios o de los administradores de
consorcios, también tiene que ver con nuestra comunidad, particularmente con
aspectos de nuestra vida cotidiana que muchas veces son más dolorosos o más
complicados que los que ocasionalmente tenemos que enfrentar cuando tomamos
alguna decisión de consumir algo más complicado, como podría ser adquirir
un bien de costo mayor o tomar una decisión como comprar un auto o meterse
con el tema de un banco, tomar la determinación de cambiar la casa” y
puntualizo que “son
temas que a veces nos llevan a tener en cuenta un montón de ingredientes, de
variables que en una situación cotidiana de estar conviviendo en un edificio
sometido a propiedad horizontal, que es administrado por una empresa o por un
administrador o por el mismo consorcio hace que nos encontremos a menudo con
inconvenientes que muchas veces nos llevan a estar de muy mal humor y con
problemas de convivencia enormes.”
En
cuanto a la relación de consumo entre copropietarios y administradores y a la
función del Sistema Arbitral de Consumo el coordinador de los Tribunales
Arbitrales expreso que “nosotros
somos un mecanismo que fue concebido para resolver problemas entre partes, es
decir, dentro del marco de las relaciones del consumo.”
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