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Gestión de Consorcios

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AIERH – Nueva Ley 941

"Los cambios han sido cosméticos"

[BPN-30/12/09] La Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH) objetó algunos de los puntos de la nueva ley 941 (Registro Público de Administradores) que sancionó la Legislatura porteña. En la editorial de la revista "Gestión de Consorcios", el presidente del AIERH, Juan Manuel Acosta y Lara, afirmó que sin ser ofensivos su convencimiento es que "los cambios han sido puramente cosméticos. De hecho se trata de una norma con jurisdicción en el ámbito de la ciudad de Buenos Aires, con las limitaciones que esta condición le impone".

Acosta y Lara aseguró que la profesión de los administradores "ha estado en la mira de la opinión pública y en consecuencia se ha convertido también en un tema de interés para los legisladores porteños, que finalmente aprobaron la modificación de la Ley 941".

En este sentido, señaló que el móvil que impulsó a los legisladores porteños fue la necesidad de dar alguna respuesta al "clamor" de los consorcistas. Sin embargo, advirtió que "las modificaciones incorporadas a la ley no traen solución a los problemas planteados por los copropietarios y sí entorpecen, en cambio, el normal funcionamiento de las administraciones que están realizando bien la tarea para la cual han recibido mandato".

Objeciones del AIERH

En la nota, uno de los puntos que se criticó fue la imposición del mandato a plazo del administrador por un año. "Entendemos que avasalla los derechos contractuales entre las partes. De cualquier modo, debemos subrayar que el plazo de un año en el mandato se aplica exclusivamente en los casos en que el reglamento de copropiedad y administración no imponga otra modalidad", destacaron.

A su vez, se consideró que los administradores ad-honorem no pueden estar exceptuados de las obligaciones que exigen a quienes perciben honorarios. Según la entidad, son mínimos los requisitos que les piden para poder inscribirse.

Por otra parte, en cuanto a los honorarios <ver nota> se señaló que el nuevo texto de la ley pretende desalentar los ajustes de honorarios, "por eso hace mención directa a las tablas sugeridas por las entidades que agrupan a administradores que defienden la actualización periódica de los mismos".

Al mismo tiempo, en la publicación se aclaró que los valores sugeridos por estas entidades (entre las que se encuentra AIERH) nunca fueron obligatorios y por lo tanto seguirán sirviendo de referencia válida, ya que responden a un responsable análisis de las condiciones del mercado en el cual se desarrolla esta actividad.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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