|
|
|
|
||||||
Honorarios de los administradores Aumentaron los sugeridos por la CAPHyAI La Cámara
Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias modificó
la escala de honorarios –a título indicativo- correspondientes a la
administración de edificios [BPN-23/05/07] A través de una circular vía mail enviada a sus asociados, la Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) d etalló –a título indicativo– la nueva escala de honorarios correspondientes a la administración de edificios sometidos al régimen de la Ley 13.512.En esa nota, explicaron que la resultante deberá considerarse como valor final a ser facturado a los consorcios y que "se deja aclarado que los valores sugeridos corresponden a la generalidad operativa de los consorcios y que se deberá tener en cuenta en el resto de ellos los requerimientos especiales del servicio y/o las características técnicas del edificio". A partir de esta modificación, el honorario mínimo sugerido para edificios –de hasta 20 unidades- sin personal permanente es de 480 pesos y con personal permanente de 670 pesos. Al mismo tiempo, informaron que el valor por unidad funcional que se adicionará al mínimo anterior, es dentro de las siguientes escalas : edificios de 21 hasta 40 unidades 23 pesos, de 41 a 80 unidades 19 pesos, de 81 a 200 12 pesos y más de 200 unidades 10 pesos. En todos los casos se considera por unidad adicional. Por otra parte, en los casos de cocheras y espacios guardacoches deberán sumar 10 pesos por unidad en las primeras 80 unidades, 5 pesos a las siguientes hasta 200 cocheras o espacios y 2 pesos a más de 200. AIERH y FRA Como tanto la Fundación Reunión de Administradores (FRA), la CAPHyAI y la Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH) adoptan diferentes criterios para sugerir honorarios se dificulta establecer comparaciones entre ellas. Sin embargo, el criterio más sencillo es la del AIERH que divide los consorcios en 4 categorías y a su vez en cantidad de unidades funcionales. Para los consorcios que poseen hasta 20 unidades, el AIERH sugiere honorarios que van de los 400 pesos (4ª categoría) hasta los 690 pesos (1ª categoría). Para un edificio de hasta 80 unidades, los honorarios van desde los 1000 pesos (4ª categoría) hasta los 1.730 (1ª categoría). En el caso de FRA, los cálculos se hacen más complejos. La fundación divide, en principio, los consorcios en 5 categorías: Clase A1 (Mayoría de unidades funcionales superiores a 150 m2), Clase A (Servicio central, ascensor y personal de portería), Clase B (Ascensor y personal de portería), Clase C (Personal de portería) y Clase D (Carecen de servicio central, ascensor y personal de portería). Por otra parte, también los zonifica en: Capital Federal y Gran Buenos Aires, Costa Atlántica, resto de la Pcia. de Buenos Aires, Región Cuyo, Región Litoral, etc... De acuerdo a
esto en Capital Federal y Gran Buenos Aires, hasta 20 unidades los
honorarios que la entidad sugiere van desde los 322 pesos (Clase D) hasta
los 828 pesos (Clase A1). Por su parte, para el resto de la provincia de
Buenos Aires –excluida la Costa Atlántica- los honorarios van desde los
276 pesos (Clase D) hasta los 644 pesos (Clase A1). Mientras que para la
Costa Atlántica se indican honorarios entre los 299 y 690 pesos para las
Clases D y A1 respectivamente. --- Fuentes: Gestión de Consorcios Nº 87 [abril-mayo 2007] y www.fra.org.ar |
|
|||||
|
|
||||||
|
Pequeñas Noticias en las redes sociales con toda la actualidad: Twitter - Grupo de Facebook - Noticias en Facebook - Google + |
[ El contenido de este sitio -escrito, fotogáfico y artístico- está protegido por las leyes vigentes de propiedad intelectual - Queda prohibida su reproducción total o parcial -por el medio que sea- sin autorización escrita de Pequeñas Noticias ]
' ' '