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Cámara Argentina de la Propiedad horizontal y Actividades Inmobiliarias

Cámara Argentina de la Propiedad horizontal y Actividades Inmobiliarias

Honorarios de los administradores

Aumentaron los sugeridos por la CAPHyAI

La Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias modificó la escala de honorarios –a título indicativo- correspondientes a la administración de edificios El mínimo sugerido para edificios sin personal permanente es de 480 pesos y de 670 pesos para los que cuentan con personal permanente.

[BPN-23/05/07] A través de una circular vía mail enviada a sus asociados, la Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) detalló –a título indicativo– la nueva escala de honorarios correspondientes a la administración de edificios sometidos al régimen de la Ley 13.512.

En esa nota, explicaron que la resultante deberá considerarse como valor final a ser facturado a los consorcios y que "se deja aclarado que los valores sugeridos corresponden a la generalidad operativa de los consorcios y que se deberá tener en cuenta en el resto de ellos los requerimientos especiales del servicio y/o las características técnicas del edificio".

A partir de esta modificación, el honorario mínimo sugerido para edificios –de hasta 20 unidades- sin personal permanente es de 480 pesos y con personal permanente de 670 pesos.

Al mismo tiempo, informaron que el valor por unidad funcional que se adicionará al mínimo anterior, es dentro de las siguientes escalas : edificios de 21 hasta 40 unidades 23 pesos, de 41 a 80 unidades 19 pesos, de 81 a 200 12 pesos y más de 200 unidades 10 pesos. En todos los casos se considera por unidad adicional.

Por otra parte, en los casos de cocheras y espacios guardacoches deberán sumar 10 pesos por unidad en las primeras 80 unidades, 5 pesos a las siguientes hasta 200 cocheras o espacios y 2 pesos a más de 200.

AIERH y FRA

Como tanto la Fundación Reunión de Administradores (FRA), la CAPHyAI y la Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH) adoptan diferentes criterios para sugerir honorarios se dificulta establecer comparaciones entre ellas.

Sin embargo, el criterio más sencillo es la del AIERH que divide los consorcios en 4 categorías y a su vez en cantidad de unidades funcionales. Para los consorcios que poseen hasta 20 unidades, el AIERH sugiere honorarios que van de los 400 pesos (4ª categoría) hasta los 690 pesos (1ª categoría). Para un edificio de hasta 80 unidades, los honorarios van desde los 1000 pesos (4ª categoría) hasta los 1.730 (1ª categoría).

En el caso de FRA, los cálculos se hacen más complejos. La fundación divide, en principio, los consorcios en 5 categorías: Clase A1 (Mayoría de unidades funcionales superiores a 150 m2), Clase A (Servicio central, ascensor y personal de portería), Clase B (Ascensor y personal de portería), Clase C (Personal de portería) y Clase D (Carecen de servicio central, ascensor y personal de portería).

Por otra parte, también los zonifica en: Capital Federal y Gran Buenos Aires, Costa Atlántica, resto de la Pcia. de Buenos Aires, Región Cuyo, Región Litoral, etc...

De acuerdo a esto en Capital Federal y Gran Buenos Aires, hasta 20 unidades los honorarios que la entidad sugiere van desde los 322 pesos (Clase D) hasta los 828 pesos (Clase A1). Por su parte, para el resto de la provincia de Buenos Aires –excluida la Costa Atlántica- los honorarios van desde los 276 pesos (Clase D) hasta los 644 pesos (Clase A1). Mientras que para la Costa Atlántica se indican honorarios entre los 299 y 690 pesos para las Clases D y A1 respectivamente.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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Fuentes: Gestión de Consorcios Nº 87 [abril-mayo 2007] y www.fra.org.ar

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