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SIJyP
Versión 22 Release 0
Por
ahora, la misma versión
La
Mesa de Ayuda de la Administración Federal de Ingresos Públicos informó
que por ahora seguirá vigente la actual Versión 22 Release 0 del
aplicativo Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJyP) con el
que mensualmente se realiza la declaración jurada mensual (F.931)
El
Decreto 1347/2003 publicado en el Boletín Oficial (BO) del día 6 de
enero de 2004 estableció "...con carácter permanente, a partir del
1° de enero de 2004 una asignación no remunerativa de PESOS CINCUENTA ($
50.-) mensuales para todos los trabajadores del sector privado, en
relación de dependencia, comprendidos en el régimen de negociación
colectiva en los términos de la Ley N° 14.250 y sus modificatorias"
según su primer artículo.
El
tercero de sus artículos dice que la asignación "...es de carácter
no remunerativo estando por ello exenta del pago de las cargas y
contribuciones que afectan a las remuneraciones" con lo cual los $50
pesos irán al bolsillo del trabajador sin sufrir descuentos de ninguna
naturaleza y el empleador no deberá abonar contribuciones sobre dicho
importe.
Este
nuevo importe que viene a aumentar el dinero que mensualmente recibe el
trabajador en su bolsillo debe reflejarse en la declaración jurada
mensual de aportes y contribuciones, más conocida como el Formulario 931,
y que se genera con el aplicativo SIJyP que distribuye la AFIP.
Actualmente está vigente la Versión 22 Release 0 y estábamos a la
espera de una nueva para poder reflejar claramente el nuevo importe no
remunerativo.
La
Mesa de Ayuda de la AFIP informó que momentáneamente se seguirá
trabajando con esa versión y el lugar destinado a informar los $50 o el
importe proporcional correspondiente es en el ítem "Remuneración
Total" que encabeza la lista de remuneraciones en la solapa
"Remuneraciones" dentro de "Nómina del
Personal".
De
esta manera y hasta nuevo aviso, se seguirán completando como hasta ahora
los distintos importes en el ítem "Datos complementarios"
y así se ingresan las Remuneraciones 1, 2, 3, 4 y 5 sin olvidar de sumar
en la "Remuneración Total" el importe bruto
correspondiente a todos los conceptos liquidados, sean o no remunerativos
como el sueldo básico, los diferentes plus por convenio o fuera de
convenio, las asignaciones familiares, las indemnizaciones, vacaciones,
horas extras, feriados, los 50 pesos no remunerativos del nuevo decreto
1347/03, etc.
Por
ahora, y según las indicaciones de la AFIP, resolvimos el
inconveniente sin necesidad de una nueva versión. Para más adelante, el
tiempo lo dirá...
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