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Curso de sueldos para Propiedad Horizontal

Curso/taller de Liquidación de Sueldos General


Formulario 931

Números rebeldes

Quien no ha tenido alguna vez diferencias entre los importes de los aportes y contribuciones que surgen del sueldo y los importes que arroja el Formulario 931 que se confecciona con el aplicativo Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJyP) que arroje la primera piedra.

Ahora, hablando en serio, todos alguna vez, hemos encontrado diferencias al querer controlar lo que hicimos en el sueldo y lo que surge del 931.

No ayuda la época en que, generalmente, los confeccionamos ya que suele coincidir con fin de mes, con el cierre de las liquidaciones de los distintos consorcios, el pago de sueldos, proveedores, alguna cobranza rezagada, cambios en las leyes laborales, nuevas o no tan nuevas versiones de aplicativos, etc., etc., etc.

Por eso vamos a realizar una guía de los puntos más comunes donde solemos cometer errores en la confección del sueldo o en el aplicativo y en los que más atención debemos poner a la hora de realizar la declaración jurada y su posterior control.

Antes que nada, es recomendable la confección de sueldos y de los formularios 931 en un momento donde el teléfono no suene, no sea el horario de atención al público y nadie nos moleste... ¿estoy pidiendo demasiado?

Papel y lápiz en mano, empezamos a controlar:

1)

Tener la última versión del SIJyP, que actualmente es la versión 12 release 0.

2)

Haber puesto el mismo porcentual de jubilación en el sueldo y en el formulario 931 (Actualmente 7% para los trabajadores bajo el régimen de capitalización y 11% para jubilados y trabajadores bajo el régimen de reparto).

3)

Controlar que la suma de todas las Remuneraciones (1+2+3+4+5) sea igual a la Remuneración Total, que las Remuneraciones 1, 2, 3, 4 sean sobre las que se aportan y contribuyen normalmente y que la Remuneración 5 sea el importe correspondiente a la suma no remunerativa del decreto 2641/02.

4)

Controlar si corresponde o no indicar adherentes a la obra social y ver que se hayan informado en ambos lugares: el sueldo y el formulario 931.

5)

Controlar, en caso de que el sueldo bruto sea inferior a 3 MoPres ($ 240), el aporte adicional en la obra social que debe hacer el trabajador.

6)

Controlar las asignaciones familiares pagadas y las que compensa el formulario 931.

7)

Controlar las declaraciones juradas que se van copiando mes a mes para confeccionar el mes en curso, sobre todo en los ítems "Adicionales" de todas las solapas, ya que suelen quedar de declaraciones anteriores y no corresponden informarlos en la actual.

Si después de todos estos puntos, aún no encontramos la diferencia y empezamos a pensar en tirar la computadora por la ventana, junto con la AFIP, los consorcios y los sueldos incluidos, no se desespere, todavía hay cosas por hacer. Tómese un cafecito, salga a dar una vuelta a la manzana y después... ingrese a "Nómina de empleados" del aplicativo SIJyP, luego haga un clic en el botón "Imprimir" y elija la opción que permite imprimir todos los datos de todos los empleados. Obtendrá un listado por cada empleado más los descuentos y las contribuciones que se le hicieron a cada uno por separado.

Va a tener que recordar los porcentuales de cada uno de los aportes y las contribuciones para poder controlar ítem por ítem los importes informados y que, para que los tenga a mano, los transcribimos a continuación:

  

Aportes

Jubilación:

Actualmente es del 11% (si aporta al Sistema de Reparto o es jubilado) o del 7% (si aporta a una AFJP, Sistema de Capitalización.

INSSJP:

3%

Obra Social:

3% (O.Social: 2,7% y Anssal: 0,3%)

No olvidarse que por otro lado también está el Sindicato con el 2%, en caso de que el trabajador esté afiliado al sindicato y la Caja de Protección a la Familia con el 1%, pero que no se abonan mediante es formulario que hoy nos ocupa. El Total general de Aportes es del 20% o del 16%, dependiendo de la jubilación.

   

Contribuciones

Jubilación:

10,17%

F.N.E.

0,89%

Asig. Familiares:

4,44%

INSSJP:

1,5%

Obra Social:

6% (O.Social: 5,4% y Anssal: 0,6%)

LRT:

Cuota fija y/o variable según la empresa con la que se trabaje.

Además de la Caja de Protección a la Familia con el 1,5% con lo cual arribamos al 24,5% como el total de las Contribuciones.

Espero que con esta guía sea un poquito más fácil descubrir los errores que solemos cometer cuando confeccionamos estas declaraciones juradas en medio de ese tan "especial" ambiente que se genera en la oficina a esa altura del mes.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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