|
AFIP
Más
sobre el Formulario 611
Este
nuevo formulario deberá ser exhibido a partir del 1º de abril por todos los
contribuyentes que realizan operaciones con consumidores finales siendo el
objetivo buscado la lucha contra la evasión fiscal.
Debido
a varias consultas que hemos tenido con relación a la exhibición de este
formulario, vamos a ampliar la nota publicada en nuestro Boletín Nº 155 de
fecha 17 de marzo de 2003 y transcribimos parte de la Resolución
General 1435.
El
artículo 24 es el que indica quiénes deberán exhibir el formulario
diciendo: " Los contribuyentes y/o responsables que por las
operaciones de venta de bienes muebles o locaciones o prestaciones de
servicios realizadas con consumidores finales, se encuentran obligados a
emitir facturas o documentos equivalentes, deberán exhibir el Formulario Nº
611 en sus locales de venta, locación o prestación de servicios -incluyendo
lugares descubiertos-, salas de espera, oficinas o áreas de recepción y
demás ámbitos similares".
De
aquí se desprende la obligación por parte de los administradores de exhibir
dicho formulario ya que los consorcios de propietarios son Consumidores
Finales frente al IVA, según lo dispuso la circular 1299 de la DGI.
En
el caso de los consorcios de propietarios, se verán afectados sólo aquellos
que por sus características, realicen operaciones de locación,
alquiler de terrazas con distintos fines, alquiler de medianeras, etc. siempre
y cuando las operaciones sean llevadas a cabo con consumidores finales.
|