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Asignaciones Familiares - Parte II De la Resolución 14/2002 y de la posterior 1289/2002 surge la documentación necesaria para ser beneficiario de las distintas Asignaciones Familiares. En el Boletín de Pequeñas Noticias Nº 150, resumimos los puntos más importantes a tener en cuenta en el Régimen de Asignaciones Familiares que están compilados en las Resoluciones 14/02 y 1289/02. Ahora transcribimos la documentación respaldatoria que se necesita para que el trabajador sea beneficiario del pago de cada una de las distintas asignaciones familiares. Asignación por hijo - Partida de nacimiento (original y copia). - Si es adoptivo: testimonio de sentencia judicial en caso que corresponda cambio de apellido. - Si es guarda, tenencia o tutela: certificado o testimonio expedido por autoridad judicial o administrativa competente. Asignación por hijo discapacitado - Partida de nacimiento (original y copia). - Si es adoptivo: testimonio de sentencia judicial en caso que corresponda cambio de apellido. - Si es guarda, tenencia, tutela o curatela de mayores incapaces: certificado o testimonio expedido por autoridad judicial o administrativa competente. - Autorización expresa de ANSeS, para la percepción de la asignación por discapacidad, quedando exceptuados de la referida autorización los trabajadores, beneficiarios del SIJP y de la Prestación por Desempleo cuyos hijos feren beneficiarios de una jubilación por invalidez o pensión por invalidez, quienes en cuyo caso deberán presetnar resolución de ANSeS mediante la cual fuera otorgada cualquiera de las prestaciones antes citadas. Asignación Ayuda Escolar - Certificado de inicio del ciclo lectivo correspondiente al año que se liquida. Asignación por matrimonio - Formulario solicitud de presentación certificado por el empleador. - Documento Nacional de Identidad del beneficiario y de su conyuge (original y copia). - Certificado de matrimonio (original y copia). - Fotocopia de los recibos de sueldo correspondientes al primer o segundo semestre o a la primera remuneración según fuere el caso. Fotocopia del recibo de sueldo correspondiente al mes que se produce el hecho generador. (Si el matrimonio se produce en el exterior la documentación requerida es muy particular y estará disponible en nuestro sitio con el texto completo de la Resolución) Asignación por nacimiento - Formulario solicitud de presentación certificado por el empleador. - D.N.I. del beneficiario (original y copia). - D.N.I. del recién nacido (original y copia). - Partida de nacimiento (original y copia). - Fotocopia de los recibos de sueldo correspondientes al primer o segundo semestre o a la primera remuneración según fuere el caso. Fotocopia del recibo de sueldo correspondiente al mes que se produce el hecho generador. (Si el nacimiento se produce en el exterior la documentación requerida es muy particular y estará disponible en nuestro sitio con el texto completo de la Resolución) Asignación por adopción - Formulario solicitud de presentación certificado por el empleador. - D.N.I. del beneficiario (original y copia). - D.N.I. del adoptado con su nuevo apellido en caso de adopción plena (original y copia). - Testimonio sentencia de adopción (original y copia). - Partida de nacimiento del adoptado (original y copia). - Fotocopia de los recibos de sueldo correspondientes al primer o segundo semestre o a la primera remuneración según fuere el caso. Fotocopia del recibo de sueldo correspondiente al mes que se produce el hecho generador. Asignación por maternidad - Certificado médico que acredite el estado de embarazo, en el que deberá constar la fecha probable y tiempo de gestación. - Nota con carácter de declaración jurada en la que la trabajadora informe la fecha de partir de la cual comenzará a gozar de la licencia, la cual deberá ser presentada con anterioridad al inicio de la misma. - Partida de nacimiento en donde conste la maternidad de la titular dentro de los 120 días de producido el nacimiento (original y copia). Asignación prenatal - Certificado médico que acredite el estado de embarazo, tiempo de gestación y fecha probable de parto. - Titular masculino casado legalmente: certificado de matrimonio. - Titular masculino en concubinato: información sumaria ante autoridad judicial o administrativa competente a fin de acreditar la relación de convivencia. - Partida de nacimiento en donde conste la maternidad / paternidad del titular dentro de los 120 días de producido el nacimiento (original y copia). Asignaciones de pago mensual - Declaración Jurada de Cargas de familia que deberá confeccionarse al ingreso y cuando se produzca un alta, baja o cuando se modifique su situación. - Certificado opción pluricobertura para acreditar el derecho a percepción de asignaciones familiares. Los trabajadores en relación de dependencia y los beneficiarios del SIJP, deberán presentar una constancia extendida por el empleador del conyuge/padre/madre que avale la no precepción de beneficios por esas cargas o la renuncia al cobro de las asignaciones en el caso en que este último se encuentre en un rango menos beneficioso. - Titular viudo/a: certificado de defunción (original y copia). - Titular divorsiado/a, separado/a de hecho y/o soltero/a: sentencia de la ue surja la tenencia de los hijos, o acuerdo de partes con firma certificada de pluricobertura (original y copia). - Esposo/a o Conviviente Autónomo: constancia de inscripción en la Dirección General Impositiva (CUIT) o constancia de inscripción en las Cajas Profesionales Provinciales que correspondan (original y copia). - Certificado opción pluriempleo: para acreditar el derecho a percepción de asignaciones familiares, los trabajadores en relación de dependencia con más de un empleo, deberán presentar al empleador que efectivizará el pago de los beneficios por cuenta y orden de la ANSeS, una constancia de los otros empleadores explicitando la no percepción de beneficios e indicando el valor promedio resultante de las remuneraciones del semestre correspondiente. - Titular cuyo conyuge/concubino/a seencuentre desocupado: declaración jurada en la que conste dicha situación. Hasta aquí, toda esta información se encuentra en la Resolución 14/2002 y la posterior Resolución 1289/2002 agrega al respecto el contenido que deberán tener alguno de los certificados solicitados, a saber: Certificado médico para la asignación de maternidad: nombre y apellido, tipo y número de documento de la trabajadora, fecha real o probable de parto, fecha de emisión, nombre y apellido del médico, tipo y número de matrícula del médico, meses o semanas de gestación y firma del médico. Certificado médico para la asignación de maternidad de hijo Down: nombre y apellido, tipo y número de documento de la trabajadora, nombre y apellido del hijo recién nacido, diagnóstico de síndrome de Down del recién nacido, fecha de emisión, nombre y apellido del médico, tipo y número de matrícula del médico, y firma del médico. Asignación familiar prenatal: nombre y apellido, tipo y número de documento de la embarazada, fecha probable de parto, fecha del certificado del médico, nombre y apellido del médico, tipo y número de matrícula del médico, meses o semanas de gestación y firma del médico. Asignación familiar por ayuda escolar: identificación de la escuela, instituto o establecimiento educacional, nombre y apellido del alumno, fecha de inicio de ciclo lectivo o de inicio de tratamiento o rehabilitación si fuere discapacitado con aclaración, en este caso, del tipo y número de matrícula habilitante del responsable del tratamiento, nivel y tipo de escolaridad o de tratamiento o rehabilitaclión si fuere discapacitado, fecha de emisión, sello del establecimiento con los datos institucionales, firma de la autoridad competente. Para finalizar con lo prometido en el número 150 del Boletín, a continuación transcribimos la tabla actualmente vigente con los valores de cada asignación, según el importe del promedio del semestre del trabajador.
A) Para Beneficiarios del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones. B) Para trabajadores en relación de dependencia y beneficiarios de la Prestación por Desempleo. C) Unicamente para trabajadores en relación de dependencia que realicen sus actividades en las Zonas 1, 2 y 3. D) Unicamente para trabajadores en relación de dependencia. ZONA 1 Montos de Asignaciones Familiares para trabajadores en relación de dependencia, que realicen sus actividades en las Provincias de La Pampa, Río Negro y Neuquén; en los Departamentos Bermejo, Ramón Lista y Matacos en Formosa; Departamento Las Heras ( Distrito Las Cuevas); Departamento Luján de Cuyo ( Distritos Potrerillos, Carrizal, Agrelo, Ugarteche, Perdriel, Las Compuertas); Departamento Tupungato ( Distritos Santa Clara, Zapata, San José, Anchoris); Departamento Tunuyán ( Distrito Los Arboles, Los Chacayes, Campo de Los Andes); Departamento San Carlos ( Distrito Pareditas); Departamento San Rafael ( Distrito Cuadro Venegas); Departamento Malargüe ( Distritos Malargüe, Río Grande, Río Barrancas, Agua Escondida); Departamento Maipú ( Distritos Russell, Cruz de Piedra, Lumlunta, Las Barrancas); Departamento Rivadavia ( Distritos El Mirador, Los Campamentos, Los Arboles, Reducción, Medrano en Mendoza; Orán (excepto la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán y su ejido urbano) en Salta. (*) Montos de asignaciones familiares, para Beneficiarios del SIJP cuyo domicilio de boca de pago sea en las Provincias de Chubut, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
ZONA 2 Montos de Asignaciones Familiares para trabajadores en relación de dependencia, que realicen sus actividades en la Provincia de Chubut. ZONA 3 Montos de Asignaciones Familiares para trabajadores en relación de dependencia, que realicen sus actividades en las Provincias de Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur; en el Departamento Antofagasta de la Sierra (actividad minera Catamarca); Departamentos Cochinoca, Humahuaca, Rinconada, Santa Catalina, Susques y Yavi (Jujuy); Departamentos Los Andes, Santa Victoria, Rivadavia y Gral. San Martín (excepto la ciudad de Tartagal y su éjido urbano en Salta. ZONA 4 Montos
de Asignaciones Familiares por hijo y prenatal vigente a partir del 1/7/97 para
trabajadores en relación de dependencia que realizan sus actividades en las
Provincias de Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del
Atlántico Sur |
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