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Otra vez, la versión 20 del SIJyP

Ahora sí, en la declaración jurada correspondiente a los haberes del mes de diciembre, habrá que detallar cómo está compuesta la remuneración bruta sobre la que hay que aportar y contribuir.

A partir de las declaraciones juradas (F.931), realizadas con el aplicativo SIJyP versión 20, que contendrán el sueldo del período 12/2002, el aguinaldo correspondiente al segundo semestre del año 2002 y, quizá, la liquidación de algunas vacaciones, se deberá detallar la composición del importe bruto de las remuneraciones totales percibidas por cada trabajador.

Esto se desprende de la Resolución 1288/2002 publicada en el Boletín Oficial del día 16 de diciembre (próximamente estará para ser consultada en nuestro sitio www.PequenasNoticias.com.ar en la sección Legislación y dentro de ésta en Legislación Laboral) donde se obliga a completar la ventana titulada "Datos Complementarios" del aplicativo SIJP versión 20 que se encuentra en la solapa Remuneraciones de cada trabajador.

Recordamos que esta versión está vigente desde las declaraciones que se presentaron a partir del 1º de noviembre según la Resolución General Conjunta 1360 AFIP y 16/2002 INARSS y es también obligatorio el uso de esta versión para la confección de declaraciones juradas de períodos anteriores, sean originales o rectificativas.

Vamos a dar un ejemplo de cómo llenar la ventana "Datos Complementarios" pero antes vamos a recordar cómo llegar a ella.

Debemos ingresar al SIAp, como siempre y luego al SIJP v.20. Después generar la declaración jurada correspondiente al período 12/2002.

Con el procedimiento habitual, se copian los datos de una liquidación anterior o se ingresan los datos de la empresa, para luego poder ubicarnos en los datos del trabajador, a los cuales accedemos haciendo un clic con el mouse sobre el botón que tiene por dibujo una lupa y es llamado "Nómina de empleados".

Una vez aquí, en la solapa "Generales" encontramos los datos del trabajador o debemos completarlos, según su modalidad de trabajo. Recordamos que en el ítem "Cantidad de hijos" debemos colocar el número correspondiente a la cantidad de hijos que tiene el trabajador ya que tiempo atrás se informaba uno código (99, 88 o 77) que estaba relacionado con la suma no remunerativa del decreto 1273/02 que percibía el trabajador.

Al pie de esta ventana, donde se indica el régimen al que aporta su jubilación el empleado (reparto o capitalización), también se encuentra un casillero para tildar si el trabajador pertenece a algún convenio colectivo de trabajo. En este caso deberemos tildarlo haciendo un clic sobre el casillero para que aparezca una cruz.

En la solapa "Remuneraciones" destacamos que en el ítem Remuneración total, se ingresará el importe bruto correpondiente a todos los conceptos liquidados, sean o no remunerativos: sueldo básico, plus por convenio o fuera de convenio, asignaciones familiares, indemnizaciones, horas extras, etc.

En Remuneración 1, el sistema muestra el resultado de la suma de los importes informados previamente en los "Datos complementarios". Para ingresar a esta ventana, al lado de la Remuneración 1 aparece un botón con ese nombre (este se ve al posar el mouse unos segundos sobre él) que al hacer un clic permite acceder a estos datos.

Los "Datos complementarios" están formados por la Situación de revista del período y el día en que dicha situación se inicia más los cambios que se hayan efectuado durante ese mes. Hay lugar para indicar 3 cambios en la situación de revista que serán completados con una de las opciones disponibles a tal fin: (0) Baja por fallecimiento, (1) Activo, (2) Bajas otras causales, (5) Licencia por maternidad, (6) Suspenciones otras causales, (7) Baja por despido, (9) Suspendido. Ley 20744 art. 223 bis, (10) Licencia por excedencia, (11) Licencia por maternidad Down, (12) Licencia por vacaciones, (13) Licencia sin goce de haberes o (14) Reserva de puesto de trabajo.

Hay que tener en cuenta que la última situación de revista informada en esta ventana deberá coincidir con la situación de revista informada en la solapa de los datos generales del trabajador en la solapa "Generales".

A partir de ahora también se deberá informar:

* Sueldo + Adicionales: se deben sumar todos los importes habituales y permanenetes, hasta el limite de 60 MOPRES ($ 4.800.-)
* Horas extras: se ingresa el importe correspondiente a la suma de las horas extras al 50% y al 100% si la suma del Sueldo + Adicionales + Plus por zona desfavorable es inferior a los 60 MOPRES.
* Vacaciones: se indicará el importe correspondiente al adelanto de vacaciones.
* SAC: se indicará el importe correspondiente a cada cuota semestral.
* Plus por zona desfavorable: se ingresará el importe correspondiente a este concepto si la suma del Sueldo + Adicionales es inferior a los 60 MOPRES.
* Días trabajados: se informará la cantidad de días que el empleado estuvo vinculado a la empresa, descontando aquellos en los que se haya desvinculado a la misma , como por ejemplo: licencias sin goce de sueldo, suspensiones con reserva del puesto de trabajo, despido, etc.

 Volviendo a la ventana principal de la solapa "Remuneraciones", el ítem llamado Remuneración 5, deberá ser completado con el importe bruto no remunerativo correspondiente al decreto 1273/02. (Hace ya algunos meses que el Formulario 801/E no es necesario completarlos para abonar los aportes y contribuciones que corresponden a esta suma).

También en esta solapa se indica el importe correspondiente a las Asignaciones Familiares Pagadas que antes se informaba en la solapa "Seg. Social".

Un ejemplo

Vamos a suponer que un trabajador está Activo durante todo el mes, trabaja los 30 días y tiene por Remuneración Total $ 1.356,17. Ahora veremos cómo quedaría la ventana "Datos Complementarios".

* Situación de Revista del Período: 1 - Activo
* Día de inicio: 1
* Sueldo + Adicionales: $ 545,87
* Horas extras: $ 256,52
* Vacaciones: $ -
* SAC: $ 436,68
* Plus por zona desfavorable: $ -
* Días trabajados: 30

Al volver a la ventana de las remuneraciones, seguimos completando:

Remuneración 5: $ 100

Asis. Fliares Pagadas: $ 26,10

Esperamos que a la hora de completar todos los datos, cuando hagamos las correspondientes declaraciones juradas, no nos encontremos con ninguna sorpresa o que la única sorpresa sea que hayamos podido completar todo sin problemas.

Mucha suerte!!!Envíe desde aqui su comentario sobre esta nota

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