AFIP:
Comunicado 1555/01
Prórroga
de vencimientos
Se
eliminará el primer pago a cuenta para ingresar a la moratoria
La
Administración Federal de Ingresos Públicos decidió dejar sin efecto el
primer pago a cuenta del 1% para ingresar en la moratoria, cuyo vencimiento
operaba el próximo 20 de diciembre. Ahora, todos los interesados en acogerse
al plan de pagos deberán abonar el 2% estimado de su deuda (y no el 3% como
se había dispuesto anteriormente), en dos cuotas mensuales con vencimiento el
22 de enero (1%) y el 22 de febrero (1%).
La
fecha para la presentación completa, con la información contenida en los
disquetes y sus correspondientes aplicativos, sigue siendo el 15 de marzo próximo.
La
decisión de flexibilizar la fecha de cumplimiento del primer pago a cuenta de
la moratoria se adoptó ante la cantidad de modificaciones introducidas en los
últimos días en la operatoria del sistema financiero.
También
para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, la AFIP decidió
que la presentación de declaraciones juradas y/o pagos vencidos entre el 3 y
el 14 de diciembre se considerarán cumplidos en término si se efectúan
hasta el 20 de diciembre, inclusive.