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AFIP: Comunicado 1555/01

Prórroga de vencimientos

Se eliminará el primer pago a cuenta para ingresar a la moratoria

La Administración Federal de Ingresos Públicos decidió dejar sin efecto el primer pago a cuenta del 1% para ingresar en la moratoria, cuyo vencimiento operaba el próximo 20 de diciembre. Ahora, todos los interesados en acogerse al plan de pagos deberán abonar el 2% estimado de su deuda (y no el 3% como se había dispuesto anteriormente), en dos cuotas mensuales con vencimiento el 22 de enero (1%) y el 22 de febrero (1%).

La fecha para la presentación completa, con la información contenida en los disquetes y sus correspondientes aplicativos, sigue siendo el 15 de marzo próximo.

La decisión de flexibilizar la fecha de cumplimiento del primer pago a cuenta de la moratoria se adoptó ante la cantidad de modificaciones introducidas en los últimos días en la operatoria del sistema financiero.

También para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, la AFIP decidió que la presentación de declaraciones juradas y/o pagos vencidos entre el 3 y el 14 de diciembre se considerarán cumplidos en término si se efectúan hasta el 20 de diciembre, inclusive.

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