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La Cámara
Nacional de Apelaciones del Trabajo resolvió, en un fallo plenario, que
en las indemnizaciones por despido, el salario variable no se promedie a
los fines de computar el monto, sino que se debe tomar la mejor (la más
alta) remuneración normal y habitual. (Plenario N° 298 "Brandis,
Roberto Antonio c/Lotería Nacional S.E. s/ despido" 5/10/00).
Al respecto, cabe recordar que la Ley
de Contrato de Trabajo, en su artículo 245, dispone que la base de la
indemnización por despido es "la mejor remuneración mensual normal
y habitual percibida durante el último año o durante el plazo de
prestación de servicio". Cuando se trata de trabajadores que reciben
remuneraciones variables (por ejemplo, un vendedor a comisión), para el cálculo
de la indemnización -en base al criterio de habitualidad al que hace
referencia la ley- se calcula un promedio de las mismas. El fallo
introduce una novedad absoluta: impone tomar la mejor remuneración en
lugar de la remuneración promedio. Si esta tesitura prospera en otros
tribunales estaremos frente a un aumento en las indemnizaciones por
despido. De allí que, en oportunidad de darse a conocer este fallo,
varios diarios de la Capital Federal (en especial Ambito Financiero y Clarín)
titularon y comentaron la noticia con enérgico tono de alarma para los
empleadores.
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