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La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo resolvió, en un fallo plenario, que en las indemnizaciones por despido, el salario variable no se promedie a los fines de computar el monto, sino que se debe tomar la mejor (la más alta) remuneración normal y habitual. (Plenario N° 298 "Brandis, Roberto Antonio c/Lotería Nacional S.E. s/ despido" 5/10/00).
Al respecto, cabe recordar que la Ley de Contrato de Trabajo, en su artículo 245, dispone que la base de la indemnización por despido es "la mejor remuneración mensual normal y habitual percibida durante el último año o durante el plazo de prestación de servicio". Cuando se trata de trabajadores que reciben remuneraciones variables (por ejemplo, un vendedor a comisión), para el cálculo de la indemnización -en base al criterio de habitualidad al que hace referencia la ley- se calcula un promedio de las mismas. El fallo introduce una novedad absoluta: impone tomar la mejor remuneración en lugar de la remuneración promedio. Si esta tesitura prospera en otros tribunales estaremos frente a un aumento en las indemnizaciones por despido. De allí que, en oportunidad de darse a conocer este fallo, varios diarios de la Capital Federal (en especial Ambito Financiero y Clarín) titularon y comentaron la noticia con enérgico tono de alarma para los empleadores.
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